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Si hay etiqueta, puede multarse por una cesión indebida de datos.

Posiblemente hayan leído sobre esto en los medios, y es que una cosa así es muy «resultona» en la información por internet.

¿Ha comprado usted algo en Amazon y el repartidor ha pasado por su domicilio cuando usted no estaba... ni tampoco nadie de la familia? Quien redacta esto recuerda una vez en que la aplicación indicaba que ya había sido entregado, pero fue necesario preguntar al vecino, al conserje... y finalmente conocer que a veces lo dejaban en una tienda de al lado. Así había ocurrido.

Ni ustedes ni nosotros somos únicos en este sentido.

Le pasó a MediaMarkt o, mejor dicho, a la empresa de reparto contratada: el repartidor lo entregó a un vecino. Pero el destinatario no había autorizado tal cosa, y le entró una gran indignación. Este reclamó ante la Agencia Española de Protección de Datos, porque en el paquete constaban nombre, dirección y teléfono del destinatario, extremos de los que el vecino se enteró con ese motivo. A la empresa de reparto le ha caído una multa de 70.000 euros. Naturalmente, esto sucede en los envíos de MediaMarkt, pero también en los de cualquier empresa que venda online.

Este riesgo solo se evitará, en el futuro, obligando en los formularios de compra a declarar si aceptan la entrega a un vecino o si prefieren demorar la entrega en caso de ausencia del destinatario. Porque no será posible eliminar la información de nombre y domicilio del mismo. Quizá la del teléfono sí que pudiera suprimirse, al menos en la etiqueta del paquete...

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